El sistema de residencias médicas desde la mirada de las/os egresadas/os: atravesar el dolor para llegar al prestigio.
Introducción: Las políticas sanitarias deben promover la distribución adecuada de profesionales. En Argentina, en regiones, con peores indicadores económicos y sanitarios, la proporción de médicas/os es muy deficiente, lo que se ve agravado, por el desinterés en las residencias médicas.
Objetivo: conocer las valoraciones sobre el sistema de residencias, en relación a características sociales, geográficas, educativas y familiares de las/os egresadas/os de medicina.
Métodos: diseño transversal, se utilizaron los datos provenientes del “Cuestionario de expectativas de egreso” del Observatorio de Egresados/as de carreras de medicina del FAFEMP.
Resultados: n= 682, por cada varón hay 2,4 mujeres egresadas, 28,6% de los varones y el 22,6% de las mujeres desean emigrar al exterior. El 85,7% de las mujeres y el 84,5% de los varones manifiestan deseos de realizar residencia. En especialidades relacionadas a la APS, predominan las mujeres (41,8% vs 18,9%, P≤ 0,05). El sistema de residencias es valorado positivamente en cuanto a la formación, herramientas técnicas y el prestigio que genera. La remuneración, la carga de trabajo, la infraestructura y clima laboral son aspectos negativamente valorados. En el apartado cualitativo se enfatiza en lo desgastante del trabajo, la escasa remuneración llegando a caracterizar como esclavizante el trabajo.
Conclusiones: las/os egresados expresan su deseo de incorporarse a las residencias y se les ofrece bajos salarios, maltrato laboral y desigualdad sobre las mujeres, quienes representan la gran mayoría del universo de egresadas/os. Las Universidades Nacionales deben formar parte de la planificación, la gestión, la evaluación, y la formación continua de las residencias.
Accedé al artículo completo: Silberman M, Badr P. El sistema de residencias médicas desde la mirada de las/os egresadas/os: atravesar el dolor para llegar al prestigio. Revista de Salud Pública, VOL.(XXXII), Nº 1, julio 2026 DOI: 10.31052/1853.1180.v32.n1.49765